martes, 22 de noviembre de 2016

BÚSCOME APLAUDE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE POR PARTE DE LA JUSTICIA HACIA LA POLICÍA NACIONAL QUE HABÍA SIDO CESADA INJUSTAMENTE

Búscome aplaude “la resolución favorable por parte de la justicia hacia la Policía Nacional que había sido cesada inicuamente. Desde nuestra asociación, ya dijimos que apoyábamos la demanda interpuesta contra el dictamen del Director de la Policía Nacional de Ceuta, así como las medidas cautelares que instaban a la paralización del traslado de la funcionaria que estaba en comisión de servicios en nuestra ciudad y que la obligaban a trasladarse inmediatamente a Cádiz, por considerarlo una actitud arbitraría, discriminatoria  y carente de rigor”.
 “Aunque en el momento en que nos enteremos de la noticia y contactamos con la familia nos pusimos en coordinación con otras entidades, lo cierto es que la medida cautelar por parte del Tribunal de Sevilla ha salido más rápido de lo que pensábamos y por fin esta familia puede disfrutar de los derechos que avalan la Ley de Igualdad y la Constitución.” Según dice la medida cautelar, “las circunstancias de la denunciante no han cambiado, lo que no justificaría una sentencia de distinto signo a la que ya se resolvió con anterioridad y, por tanto, el traslado se debe de anular hasta la celebración de un nuevo juicio que ponga en evidencia este nuevo cese demandado. Ni su realidad familiar, puesto que sus hijos continúan en Ceuta, ni la realidad laboral, puesto que se siguen necesitando efectivos en esta ciudad, han variado para que exista una justificación real que ampare el que esta mujer tenga que ser cesada de su puesto de trabajo”, revela Búscome. 

Es decir,  “en la resolución recurrida por esta funcionaria se dice que se acuerda el cese de la actora en cumplimiento de la sentencia citada, por haber transcurrido seis meses de la Comisión de Servicio, pero lo cierto es que en dicha sentencia, aunque efectivamente se hace referencia a que la actora ha de permanecer en Comisión de Servicio durante seis meses, no esta autorizando a que pasados estos seis meses se acuerde nuevamente su cese en dicha situación sin justificación alguna”.

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